Bol 343/17
Junio 14, 2017
 
 
 

Aprueba Congreso reforma constitucional

en materia electoral

                                                     
 

  • Establece que los presidentes municipales, síndicos y regidores que deseen reelegirse deberán separarse de sus cargos 90 días antes de la elección
  • Reforman Constitución local para sustituir el término equidad por el de igualdad de género
  • Establecen la edad de 18 años cumplidos como edad mínima para contraer matrimonio
  • Aprueban Minuta constitucional en materia de justicia cotidiana

 
 
Durante el Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones, el Pleno del Congreso del Estado de Tabasco aprobó reformar la Constitución local para establecer que presidentes municipales, síndicos y regidores que deseen reelegirse se separen del cargo 90 días naturales antes de la fecha de la elección.
También se aprobó reformar la Constitución del Estado para sustituir el término equidad por el de igualdad de género, y establecer la edad de 18 años, como edad mínima para contraer matrimonio.
Los legisladores aprobaron reformas a diversas disposiciones del artículo 64 de la Constitución local, con el propósito de establecer como plazo de 90 días antes de la elección, para solicitar licencia de sus encargos a los presidentes municipales, síndicos y regidores que deseen reelegirse.
El diputado Carlos Ordorica Cervantes dijo que esta reforma busca evitar violentar el principio de certeza que rige la materia electoral, y normar la figura de la reelección y establecer los principios de legalidad, certeza y equidad en todos los aspirantes para la elección de un cargo público.
De la misma manera, se presentó a consideración del Pleno y se aprobó la  reforma a la fracción IV, del segundo párrafo del artículo 3 y el séptimo párrafo del artículo 56, de la Constitución local, mediante el cual se sustituye el término equidad por el de igualdad de género.
Sobre el documento el diputado Silbestre Álvarez Ramón, indicó que dicha modificación, permitirá una igualdad de oportunidades y de derechos entre las mujeres y los hombres en las esferas privada y pública, que les permita garantizar la posibilidad de realizar la vida que deseen.
 Los legisladores también avalaron el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, mediante el cual se reforman el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles, ambos del Estado de Tabasco, para establecer como edad mínima para contraer matrimonio la edad de 18 años cumplidos.
El diputado Manuel Andrade Díaz explicó sobre el documento, el cual señala que el matrimonio a temprana edad conlleva a una serie de problemas, por lo que se eliminan los párrafos que directa o indirectamente establecen la edad menor de 18 años para contraer nupcias.
Sobre el tema, la diputada Yolanda Rueda De La Cruz indicó que con ello, se da certeza jurídica, se protege y garantiza el sano desarrollo a las niñas, niños y adolescentes en la entidad.
El Pleno también aprobó en lo general y en lo particular, la Minuta con Proyecto de Decreto mediante el cual se reforman y adicionan los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Federal, en materia de justicia cotidiana (solución de fondo del conflicto y competencia legislativa sobre procedimientos civiles y familiares).
El presidente de la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales, Marcos Rosendo Medina Filigrana dio una explicación acerca de la reforma, la cual destacó es continuar la implementación de la oralidad en todos los juicios, a fin de que dichas diligencias sean con mayor certeza y expeditas, lo que permitirá que las personas tengan acceso a un recurso sencillo, rápido y efectivo, que permitan hacer eficiente y ágil el desarrollo de los procedimientos y juicios en materia civil y familiar.
Previo a la aprobación de los dictámenes, el presidente de la Comisión Permanente, José Antonio De La Vega Asmitia, dio lectura a los motivos que originaron la realización del Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones.
 

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